Licencia de obras Valencia

La licencia de obras en Valencia o permiso de obras en Valencia es un trámite obligatorio y previo al inicio de cualquier tipo de obras en cualquier tipo de inmueble. Se tramita en el ayuntamiento del municipio donde se ubique el inmueble.

Será imprescindible tanto para la edificación de una vivienda nueva como para un derribo o un cambio de bañera por plato de ducha. La diferencia entre ellas será la cantidad de documentación a aportar ante el ayuntamiento y la posibilidad de iniciar las obras inmediatamente o tener que esperar la autorización municipal.

Desde Jlb Arquitécnica le tramitamos cualquier tipo de licencia de obras, realizamos la documentación técnica necesaria en cualquier caso y presentamos la documentación en el ayuntamiento para que usted no deba de preocuparse de nada.

¿Cómo se tramita la licencia de obras en Valencia?

La obtención del correspondiente permiso de obras en Valencia se realizará mediante uno de los dos trámites existentes en función del tipo de obra a ejecutar: la licencia de obras o la declaración responsable de obras.

La elección del trámite de licencia o de declaración responsable viene regulado por el Decreto Legislativo 1/2021, de 18 de junio, del Consell de aprobación del texto refundido de la Ley de ordenación del territorio, urbanismo y paisaje, concretamente entre sus artículos 232 a 245.

Licencia de obras

De modo general se tramitarán mediante el procedimiento de licencia de obras en Valencia las siguientes intervenciones:

  • Obras que impliquen movimiento de tierras, excavaciones, explanaciones, parcelaciones y/o segregación de fincas.
  • Obras de edificación de nueva planta.
  • Las actuaciones de intervención sobre edificios e inmuebles protegidos o catalogados, que tengan trascendencia patrimonial.

Declaración responsable de obras

Se tramitarán mediante el procedimiento de declaración responsable de obras en Valencia las siguientes intervenciones:

  • Las obras de modificación o reforma que afecten a la estructura, sin suponer sustitución o reposición de elementos estructurales principales.
  • Las obras de mera reforma que no suponga alteración estructural del edificio, ni afecten a elementos catalogados o en trámite de catalogación.
  • Las actuaciones de intervención sobre edificios e inmuebles protegidos o catalogados, carentes de trascendencia patrimonial.
  • El levantamiento y reparación de muros de fábrica o mampostería, no estructurales, y el vallado de parcelas.
  • La primera ocupación de las edificaciones, concluida su construcción, así como el segundo y siguientes actos de ocupación de viviendas.

También se podrán tramitar como declaración responsable de obras en Valencia, siempre que estén acompañadas de una certificación emitida por un organismo de certificación administrativa (OCA), las siguientes intervenciones:

  • Las obras de modificación o reforma que afecten a la estructura de las construcciones, los edificios y las instalaciones de todas clases.
  • La demolición de las construcciones.
  • El cambio de uso de las edificaciones y las construcciones.
  • La colocación de carteles y vallas de propaganda visibles desde la vía pública.

Si estas obras no van acompañadas de la certificación emitida por la OCA se tramitarán mediante el procedimiento de licencia de obras.

¿Qué diferencia hay entre Licencia y Declaración Responsable?

La principal diferencia entre la licencia de obras y la declaración responsable de obras es la inmediatez y el plazo de inicio de las obras.

La Declaración Responsable de Obras implica la posibilidad de iniciar las obras desde el momento en que se presenta toda la documentación. En ella la persona promotora manifiesta, bajo su exclusiva responsabilidad, que cumple con los requisitos exigidos en la normativa vigente para la ejecución de las obras, que posee la documentación técnica que así lo acredita, y que se compromete a mantener su cumplimiento durante el tiempo que duren las mismas.

La Licencia de Obras implica no poder iniciar las mismas hasta obtener la autorización expresa por parte de la administración competente. El plazo máximo que dispone la administración para resolver una licencia de obras es de tres meses máximo, en función del tipo de obra y siempre que la documentación presentada este completa. Transcurrido dicho plazo el silencio administrativo puede entenderse estimada la concesión de la licencia en el caso de obras de reforma que afecten a la estructura, cambios de uso, alzamiento de muros de fábrica y la colocación de carteles o vallas publicitarias. En el resto de obras el silencia administrativo se considerará desestimatorio.

La documentación a presentar es muy similar en ambos casos, estando delimitada por la importancia de las obras a ejecutar más que por hacerlo con un trámite u otro.

¿Cuánto cuesta la Licencia o Declaración Responsable?

Dentro del coste para la tramitación de una licencia o declaración responsable de obras debemos distinguir dos gastos:

1- Coste de impuestos y tasas a pagar a la administración. Este gasto se divide en las Tasas Urbanísticas y en el Impuesto de Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO). Cada ayuntamiento fija los importes, pero de modo genérico se puede estimar un 1% del presupuesto de la obra para la Tasa Urbanística y un 4% del presupuesto de la obra para el ICIO.

2- Coste de redacción de proyectos, tramitación, etc. Los precios de estos trabajos no están regulados y no existen tarifas fijas, por lo que el coste de los mismos viene determinado por el mercado y la libre competencia. El técnico establecerá, en cada caso, el precio en función de las características de las obras, documentación a redactar, etc. Si desea información de nuestras tarifas póngase en contacto con nosotros y le informaremos.